Por: Oscar E. Machicado Mendoza
Tiene mucho que llamar la atención que días después del 1 de mayo, día en que se anunció el incremento salarial para la gestión 2014, el sector de los rentistas jubilados pidiera un nuevo aumento en sus rentas argumentando que también tiene derecho a beneficiarse de los incrementos salariales que se otorgan a los trabajadores activos, por esto habría que preguntarse ¿La jubilación en Bolivia siempre fue digna y justa?
Haciendo un poco de historia: en el año 1956 se promulgaba el Código de la Seguridad Social en Bolivia, donde el Estado administraba la seguridad social, se creaba un fondo común de aportes de los trabajadores, y se llegaba a determinar que 10 trabajadores activos (asegurados) financiaban la renta de un trabajador pasivo (jubilado).
Tiene mucho que llamar la atención que días después del 1 de mayo, día en que se anunció el incremento salarial para la gestión 2014, el sector de los rentistas jubilados pidiera un nuevo aumento en sus rentas argumentando que también tiene derecho a beneficiarse de los incrementos salariales que se otorgan a los trabajadores activos, por esto habría que preguntarse ¿La jubilación en Bolivia siempre fue digna y justa?
Haciendo un poco de historia: en el año 1956 se promulgaba el Código de la Seguridad Social en Bolivia, donde el Estado administraba la seguridad social, se creaba un fondo común de aportes de los trabajadores, y se llegaba a determinar que 10 trabajadores activos (asegurados) financiaban la renta de un trabajador pasivo (jubilado).
Esta relación cayó a tres activos para un pasivo en los años 90, haciendo que el Sistema de Reparto nacional no contara con financiamiento, además de otras razones que obligaron a reemplazarlo por el Seguro Social Obligatorio (SSO), asumiendo el Estado a partir de ese momento el pago de la Rentas del Sistema de Reparto, todo en cumplimiento de la Ley 1732 de Pensiones, aprobada en 1996.
A partir de esta ley, ¿ qué fue lo que pasó con las personas que tenían aportes al antiguo Sistema de Reparto? Cada año desde 1997 el Estado, a través del Tesoro General de la Nación (TGN), se hace cargo de sus rentas, erogando a diciembre de 2013, la suma de 3.909 millones de bolivianos, además se reconoce los aportes de los trabajadores que se jubilan con el SSO, mediante la compensación de cotizaciones, llegando a 58.698 jubilados a diciembre de 2013, habiendo desembolsado 1.356 millones de bolivianos al mismo periodo. Haciendo un total, en todas las modalidades de beneficiarios de 5.697 millones de bolivianos que eroga el TGN para cubrir esta obligación.
Después de esto, con la implementación de la Ley 065 de Pensiones de 2010, se implementaron nuevos beneficios para los futuros jubilados, como la pensión solidaria de vejez, que incrementa las rentas de los jubilados que ganaron menos (Bs.1.400 como mínimo y Bs. 3.200 como máximo, según la Ley N° 430 de noviembre de 2013), elevando el número de jubilados que entre 2011 y 2013 fue de 32.460, a diferencia del periodo 1997-2010, que fue de 29.745.
Además de todo esto, se mantuvo el Ajuste Inversamente Proporcional de la Rentas del Sistema de Reparto, incrementando las rentas de los jubilados en relación al incremento anual de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), que fue en 2013 de 5,5%, quedando en un incremento total y final para la gestión 2014, según el Acuerdo firmado por el sector y el Gobierno de 8,5%, sin quitar el criterio inversamente proporcional, es decir, las rentas más bajas se incrementarán hasta en un 11%.
Después de todo lo expuesto se puede decir que la jubilación es justa, ya que tras lo expuesto, con la actual ley, se protege a los jubilados y su renta es digna, porque la gente que no se ha jubilado antes por rentas muy bajas, ahora se jubila con rentas más altas, todo dentro del criterio de la sostenibilidad.
A partir de esta ley, ¿ qué fue lo que pasó con las personas que tenían aportes al antiguo Sistema de Reparto? Cada año desde 1997 el Estado, a través del Tesoro General de la Nación (TGN), se hace cargo de sus rentas, erogando a diciembre de 2013, la suma de 3.909 millones de bolivianos, además se reconoce los aportes de los trabajadores que se jubilan con el SSO, mediante la compensación de cotizaciones, llegando a 58.698 jubilados a diciembre de 2013, habiendo desembolsado 1.356 millones de bolivianos al mismo periodo. Haciendo un total, en todas las modalidades de beneficiarios de 5.697 millones de bolivianos que eroga el TGN para cubrir esta obligación.
Después de esto, con la implementación de la Ley 065 de Pensiones de 2010, se implementaron nuevos beneficios para los futuros jubilados, como la pensión solidaria de vejez, que incrementa las rentas de los jubilados que ganaron menos (Bs.1.400 como mínimo y Bs. 3.200 como máximo, según la Ley N° 430 de noviembre de 2013), elevando el número de jubilados que entre 2011 y 2013 fue de 32.460, a diferencia del periodo 1997-2010, que fue de 29.745.
Además de todo esto, se mantuvo el Ajuste Inversamente Proporcional de la Rentas del Sistema de Reparto, incrementando las rentas de los jubilados en relación al incremento anual de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), que fue en 2013 de 5,5%, quedando en un incremento total y final para la gestión 2014, según el Acuerdo firmado por el sector y el Gobierno de 8,5%, sin quitar el criterio inversamente proporcional, es decir, las rentas más bajas se incrementarán hasta en un 11%.
Después de todo lo expuesto se puede decir que la jubilación es justa, ya que tras lo expuesto, con la actual ley, se protege a los jubilados y su renta es digna, porque la gente que no se ha jubilado antes por rentas muy bajas, ahora se jubila con rentas más altas, todo dentro del criterio de la sostenibilidad.
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