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miércoles, 18 de febrero de 2015

Precio del petróleo y su efecto en el IDH municipal

Por: Sergio Cardozo
Debido a la caída del precio del petróleo, con el cual se determina el precio de venta de nuestro gas natural, es muy probable que los recursos por el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) disminuyan; sin embargo, es necesario analizar cuán importantes son estos recursos para la inversión pública de los gobiernos municipales y cómo podrían atenuar estos posibles efectos.

Analizando las fuentes de recursos de los datos del Presupuesto General del Estado 2015 (disponibles en la página www.sigma.gob.bo) se observa que más del 70% de los ingresos de los gobiernos autónomos municipales corresponden a las transferencias por Coparticipación Tributaria (CT), IDH y Diálogo 2000 (HIPC II).

¿Y que son las transferencias? Son los recursos que recauda el nivel central y distribuye a los gobiernos autónomos municipales; éstos provienen de la coparticipación tributaria, constituida por el 20% del total recaudado por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y la Aduana Nacional de Bolivia (ANB), del IDH, que corresponde al 32% del total de producción de hidrocarburos y los de menor proporción son los recursos HIPC II que se generan por la condonación de deuda pública externa.

De acuerdo con los techos presupuestarios de la gestión 2015, los recursos de CT constituyen el 53% de las transferencias que reciben los gobiernos autónomos municipales y los del IDH el 45%; sin embargo, esta asignación varía en cada departamento por la forma de distribución de los recursos; es así que en los municipios de los departamentos de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, los recursos de CT representan más del 60% del presupuesto de transferencias; en contraposición tenemos a los municipios de los departamento de Pando, Beni, Tarija, Oruro, Potosí y Chuquisaca donde los recursos del IDH cobran mayor importancia.

La Ley Marco de Autonomías y Descentralización establece que las transferencias programadas y estimadas de los ingresos nacionales para las entidades territoriales autónomas en el Presupuesto General del Estado no constituyen compromisos, obligaciones o deudas por parte del Tesoro General del Estado, debiendo los desembolsos sujetarse a la recaudación efectiva.

Asimismo, establece que dichas entidades pueden establecer la implementación de mecanismos de previsión de recursos a objeto de atenuar las fluctuaciones de ingresos provenientes de la explotación de recursos naturales. En este contexto, los gobiernos autónomos municipales deberán observar el comportamiento de la transferencia efectiva de recursos del IDH y tomar las medidas que aseguren la ejecución de programas y proyectos de inversión financiados con estos recursos; menos mal que tienen gran cantidad de recursos acumulados en sus cuentas bancarias, cuya cifra al 31 de diciembre de 2014 asciende a los 8.061 millones de bolivianos, monto superior en más de 2.000 millones de bolivianos de lo que se espera percibir por IDH en la gestión 2015. No obstante, deberían pensar en mejorar su capacidad de generar recursos propios, así no tendrían que estar pendientes del precio del petróleo.
 

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