Por: Omar A. Yujra Santos (*)
Durante los últimos años el país se benefició con mayores ingresos fiscales, a razón de esto muchos sectores sociales, en unos casos con demandas legitimas y en otros por temas políticos, presionan al Gobierno con diferentes tipos de manifestación solicitando mayores recursos para incrementos salariales, beneficios sociales, bonos, proyectos de inversión y otros.
Esta situación se presenta porque al no tener conocimiento suficiente sobre la composición y destino de los ingresos fiscales, asimilan suposiciones y mala información que señalan que la bonanza actual se debe exclusivamente a los precios internacionales de las materias primas y que estos recursos benefician, son utilizados, retenidos y en ciertos casos, como afirmaban algunas Gobernaciones, que son recortados por el Gobierno central.
Seguramente, ante tales afirmaciones el amable lector tendrá la misma pregunta con la que titulé este articulo; por esto es necesario conocer, primero, en el caso de los hidrocarburos, los ingresos representan únicamente cerca de una cuarta parte del total de la recaudación tributaria del país.
Segundo, cuando ingresa un peso boliviano por la venta de hidrocarburos en el mercado externo e interno, este es distribuido inmediatamente a través del sistema financiero y de forma automática, según lo establecido en la Ley N°3058 de Hidrocarburos, de la siguiente manera: 32% por el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), 18% por las Regalías y el restante 50% para el pago de los servicios y costos en que incurren las empresas subsidiarias de YPFB por la explotación de hidrocarburos que son llamados también costos recuperables y retribuciones al titular.
Las regalías se dividen en 11% para departamentos productores (DP) Tarija, Chuquisaca, Santa Cruz y Cochabamba, conforme su participación en la producción -Tarija recibe más por producir cerca de tres cuartas partes del total-, 6% por participación al Tesoro General de la Nación (TGN) y 1% para Pando y Beni, 1/3 y 2/3 respectivamente.
De igual manera, según la normativa reglamentaria que fue aprobada desde que se promulgó la citada Ley, el IDH se distribuye por: a) coparticipación, b) nivelación, c) compensación, d) Fondo Indígena y finalmente e) TGN. ¿Como se distribuye?
En la coparticipación, del 32% del IDH el 12,50% es destinado para los DP y 31,25% se reparte de forma igualitaria para los departamentos no productores (DNP), La Paz, Oruro, Potosí, Beni y Pando. Como esto supone menos recursos para los que producen principalmente gas natural, se procede a la nivelación de los DP hasta igualar a los recursos que perciben los DNP; de estos recursos el 24,39% se va a las Gobernaciones, 66,99% Municipios y 8,62% Universidades Públicas.
Para el caso de la compensación, conforme la Ley N°3322, 9,5% del IDH se destina como Fondo Compensatorio a los Departamentos (FCD) con mayor población (La Paz con 46,19%, Santa Cruz 36,02% y Cochabamba 17,79%) de estos el 80% es destinado a los Municipios de cada departamento y 20% a las Universidades.
Asimismo, 5% del total del IDH se destina al Fondo Indígena y según la Ley N°3791 el 30% de los recursos que perciben las entidades beneficiarias -excluyendo el FCD y Universidades- es destinado a la Renta Dignidad y finalmente 0,2% se destina para el Fondo de Educación Cívica Patriótica.
Finalmente, luego de esta distribución compleja el TGN se queda con aproximadamente 18% del IDH.
Esto muestra que las Gobernaciones, Municipios y Universidades Públicas son las mayores beneficiarias de la renta hidrocarburífera en contraposición a lo que recibe el TGN, además abre el debate para evaluar, en el Pacto Fiscal posterior al Censo 2012 conforme establece la Ley de Autonomías, la forma de distribuir los recursos fiscales de forma equitativa y eficiente.
Esta situación se presenta porque al no tener conocimiento suficiente sobre la composición y destino de los ingresos fiscales, asimilan suposiciones y mala información que señalan que la bonanza actual se debe exclusivamente a los precios internacionales de las materias primas y que estos recursos benefician, son utilizados, retenidos y en ciertos casos, como afirmaban algunas Gobernaciones, que son recortados por el Gobierno central.
Seguramente, ante tales afirmaciones el amable lector tendrá la misma pregunta con la que titulé este articulo; por esto es necesario conocer, primero, en el caso de los hidrocarburos, los ingresos representan únicamente cerca de una cuarta parte del total de la recaudación tributaria del país.
Segundo, cuando ingresa un peso boliviano por la venta de hidrocarburos en el mercado externo e interno, este es distribuido inmediatamente a través del sistema financiero y de forma automática, según lo establecido en la Ley N°3058 de Hidrocarburos, de la siguiente manera: 32% por el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), 18% por las Regalías y el restante 50% para el pago de los servicios y costos en que incurren las empresas subsidiarias de YPFB por la explotación de hidrocarburos que son llamados también costos recuperables y retribuciones al titular.
Las regalías se dividen en 11% para departamentos productores (DP) Tarija, Chuquisaca, Santa Cruz y Cochabamba, conforme su participación en la producción -Tarija recibe más por producir cerca de tres cuartas partes del total-, 6% por participación al Tesoro General de la Nación (TGN) y 1% para Pando y Beni, 1/3 y 2/3 respectivamente.
De igual manera, según la normativa reglamentaria que fue aprobada desde que se promulgó la citada Ley, el IDH se distribuye por: a) coparticipación, b) nivelación, c) compensación, d) Fondo Indígena y finalmente e) TGN. ¿Como se distribuye?
En la coparticipación, del 32% del IDH el 12,50% es destinado para los DP y 31,25% se reparte de forma igualitaria para los departamentos no productores (DNP), La Paz, Oruro, Potosí, Beni y Pando. Como esto supone menos recursos para los que producen principalmente gas natural, se procede a la nivelación de los DP hasta igualar a los recursos que perciben los DNP; de estos recursos el 24,39% se va a las Gobernaciones, 66,99% Municipios y 8,62% Universidades Públicas.
Para el caso de la compensación, conforme la Ley N°3322, 9,5% del IDH se destina como Fondo Compensatorio a los Departamentos (FCD) con mayor población (La Paz con 46,19%, Santa Cruz 36,02% y Cochabamba 17,79%) de estos el 80% es destinado a los Municipios de cada departamento y 20% a las Universidades.
Asimismo, 5% del total del IDH se destina al Fondo Indígena y según la Ley N°3791 el 30% de los recursos que perciben las entidades beneficiarias -excluyendo el FCD y Universidades- es destinado a la Renta Dignidad y finalmente 0,2% se destina para el Fondo de Educación Cívica Patriótica.
Finalmente, luego de esta distribución compleja el TGN se queda con aproximadamente 18% del IDH.
Esto muestra que las Gobernaciones, Municipios y Universidades Públicas son las mayores beneficiarias de la renta hidrocarburífera en contraposición a lo que recibe el TGN, además abre el debate para evaluar, en el Pacto Fiscal posterior al Censo 2012 conforme establece la Ley de Autonomías, la forma de distribuir los recursos fiscales de forma equitativa y eficiente.
(*) Es Economista
Publicado en el Diario Nuevo Sur el 03/08/2012 e HidrocarburosBolivia.com el 14/08/2012
http://www.diarionuevosur.com/index.php?option=com_content&view=article&id=13815:iquienes-son-los-verdaderos-beneficiarios-de-la-renta-hidrocarburifera&catid=11:opiniones&Itemid=21
http://www.hidrocarburosbolivia.com/bolivia-mainmenu-117/analisis-y-opinion/55432-iquienes-son-los-verdaderos-beneficiarios-de-la-renta-hidrocarburifera.html
http://www.hidrocarburosbolivia.com/bolivia-mainmenu-117/analisis-y-opinion/55432-iquienes-son-los-verdaderos-beneficiarios-de-la-renta-hidrocarburifera.html
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