Por: Karina Moreno Sainz (*)
Según la Organización de Naciones Unidas (ONU) el Censo es el proceso total de recolectar, compilar, evaluar, analizar y publicar o diseminar en cualquier otra forma los datos demográficos, económicos y sociales que pertenecen en un momento determinado a todas las personas de un país o de una parte bien delimitada del mismo. La mayoría de los países realiza su censo cada diez años, y la información que genera reviste máxima importancia para la orientación de políticas públicas
En Bolivia, tal como dispone la Ley Nº 2105 de 29 de junio de 2000, los censos deben realizarse todos los años terminados en cero; en este sentido el 8 de mayo de 2008, mediante el DS Nº 29552 se autoriza el inicio de las actividades del Censo Nacional de Población y Vivienda (CNPV), así como las previsiones presupuestarias y de coordinación en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística
La Ley Marco de Autonomías promulgada el 19 de julio de 2010, señala que una vez conocidos los resultados oficiales del próximo CNPV se debe dar lugar al denominado Pacto Fiscal, en un proceso de concertación nacional y regional, cuya base será la propuesta técnica que elabore el Servicio Estatal de Autonomías en coordinación con el Ministerio de Autonomías y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la cual debe ser presentada al Consejo Nacional de Autonomías en un plazo no mayor a seis meses.
El Consejo Nacional de Autonomías es una instancia consultiva permanente, de coordinación, consulta, deliberación, proposición y concertación entre el Gobierno plurinacional y las entidades territoriales autónomas, está compuesto por el Presidente del Estado Plurinacional, que lo preside, los ministros de la Presidencia, de Planificación del Desarrollo y de Autonomías, este último en calidad de vicepresidente del consejo, los gobernadores de los nueve departamentos del país, cinco representantes de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia, cinco representantes de las autonomías indígena originaria campesinas y un representante de las autonomías regionales.
Recordemos que el último CNPV se realizó el 5 de septiembre de 2001 y siete meses después, es decir en abril de 2002, se conocieron los datos oficiales de población, información que permitió distribuir los recursos de coparticipación tributaria para universidades, gobiernos municipales y para el cálculo del fondo compensatorio departamental.
¿Qué implicancia reviste el Pacto Fiscal? ¿Cuál su alcance en un escenario donde el Estado ha adquirido un carácter autonómico? Actualmente la distribución de recursos se efectúa en función a los datos obtenidos el 2001, año en el que Bolivia tenía una población de 8.274.325 habitantes. De acuerdo a las proyecciones del INE en 2010 la población llegaría a 10.426.154, y los departamentos con mayores tasas de crecimiento promedio anual serían Pando (4%) y Santa Cruz (3%).
Las exigencias por apresurar el censo manifestadas por los gobiernos autónomos municipales de El Alto y Santa Cruz no van más allá de una justa demanda por percibir mayores recursos, sin embargo, el tema connota otra trascendencia; si bien es evidente que la población ha crecido, los recursos también y en consecuencia la asignación, es decir que se trata de la misma torta, puede que después del Censo la asignación per cápita disminuya y sólo entre regiones se muestren incrementos importantes en desmedro de otras por la dinámica poblacional, sin embargo, el Pacto Fiscal debe resultar en una nueva forma de distribuir los recursos que no sólo considere la población como la coparticipación tributaria o una división entre departamentos que al interior sea per cápita como el IDH.
El nuevo sistema de transferencias debe considerar indicadores de pobreza, desarrollo humano, crecimiento demográfico, entre otros, y debe ser coherente y efectivo para la política pública, de manera que asegure un Estado financieramente sólido e impulsor del desarrollo económico y social de las regiones del país. Reducir el Censo a una pugna por recursos no parece el camino más aconsejable.
En Bolivia, tal como dispone la Ley Nº 2105 de 29 de junio de 2000, los censos deben realizarse todos los años terminados en cero; en este sentido el 8 de mayo de 2008, mediante el DS Nº 29552 se autoriza el inicio de las actividades del Censo Nacional de Población y Vivienda (CNPV), así como las previsiones presupuestarias y de coordinación en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística
La Ley Marco de Autonomías promulgada el 19 de julio de 2010, señala que una vez conocidos los resultados oficiales del próximo CNPV se debe dar lugar al denominado Pacto Fiscal, en un proceso de concertación nacional y regional, cuya base será la propuesta técnica que elabore el Servicio Estatal de Autonomías en coordinación con el Ministerio de Autonomías y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la cual debe ser presentada al Consejo Nacional de Autonomías en un plazo no mayor a seis meses.
El Consejo Nacional de Autonomías es una instancia consultiva permanente, de coordinación, consulta, deliberación, proposición y concertación entre el Gobierno plurinacional y las entidades territoriales autónomas, está compuesto por el Presidente del Estado Plurinacional, que lo preside, los ministros de la Presidencia, de Planificación del Desarrollo y de Autonomías, este último en calidad de vicepresidente del consejo, los gobernadores de los nueve departamentos del país, cinco representantes de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia, cinco representantes de las autonomías indígena originaria campesinas y un representante de las autonomías regionales.
Recordemos que el último CNPV se realizó el 5 de septiembre de 2001 y siete meses después, es decir en abril de 2002, se conocieron los datos oficiales de población, información que permitió distribuir los recursos de coparticipación tributaria para universidades, gobiernos municipales y para el cálculo del fondo compensatorio departamental.
¿Qué implicancia reviste el Pacto Fiscal? ¿Cuál su alcance en un escenario donde el Estado ha adquirido un carácter autonómico? Actualmente la distribución de recursos se efectúa en función a los datos obtenidos el 2001, año en el que Bolivia tenía una población de 8.274.325 habitantes. De acuerdo a las proyecciones del INE en 2010 la población llegaría a 10.426.154, y los departamentos con mayores tasas de crecimiento promedio anual serían Pando (4%) y Santa Cruz (3%).
Las exigencias por apresurar el censo manifestadas por los gobiernos autónomos municipales de El Alto y Santa Cruz no van más allá de una justa demanda por percibir mayores recursos, sin embargo, el tema connota otra trascendencia; si bien es evidente que la población ha crecido, los recursos también y en consecuencia la asignación, es decir que se trata de la misma torta, puede que después del Censo la asignación per cápita disminuya y sólo entre regiones se muestren incrementos importantes en desmedro de otras por la dinámica poblacional, sin embargo, el Pacto Fiscal debe resultar en una nueva forma de distribuir los recursos que no sólo considere la población como la coparticipación tributaria o una división entre departamentos que al interior sea per cápita como el IDH.
El nuevo sistema de transferencias debe considerar indicadores de pobreza, desarrollo humano, crecimiento demográfico, entre otros, y debe ser coherente y efectivo para la política pública, de manera que asegure un Estado financieramente sólido e impulsor del desarrollo económico y social de las regiones del país. Reducir el Censo a una pugna por recursos no parece el camino más aconsejable.
(*) Es especialista en desarrollo Municipal
Publicado el 13/06/2012 en Pagina Siete
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